Resumen | |
[J] | Abono de intereses en caso de salarios de tramitación a cargo del Estado. Interpretación del art. 24 LGP a la vista de la jurisprudencia del TC y de la doctrina de la Sala respecto de prestaciones a cargo del FOGASA.(publicado en Actualidad Diaria 4214 el 20 de mayo de 2020) |
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Se discute el día inicial para el devengo de intereses moratorios a cargo del estado cuando la persona despedida le reclama el abono de salarios de tramitación. La trabajadora despedida (24 abril 2012) formula demanda por tal motivo (25 mayo 2012) y obtiene sentencia declarando su despido como improcedente (12 noviembre 2012), notificada días después (25 enero 2013). La Administración competente (Subdelegación del Gobierno de Barcelona) formula propuesta de resolución declarando su derecho a percibir 3.594,42 euros (7 diciembre 2015). El 26 de febrero de 2016 la trabajadora presenta demanda interesando el abono de los salarios de tramitación adeudados y el abono de los intereses moratorios correspondientes. El Supremo estima el recurso. | |
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